Nueva Ley de Vivienda de Andalucía: qué cambia con el registro obligatorio de agentes
Desde enero de 2026 la ley exige que quien intermedia en la compraventa o el alquiler de viviendas esté inscrito en un registro oficial. Qué supone para usted.

El 24 de enero de 2026 entró en vigor la Ley 5/2025, de Vivienda de Andalucía, publicada en el BOJA el 24 de diciembre de 2025. Entre muchas otras medidas, la norma crea el Registro de Agentes Inmobiliarios del sector residencial y convierte la inscripción en requisito para ejercer la intermediación en la comunidad.
La ley se aplica a cualquier persona o empresa que preste de forma habitual servicios de intermediación, asesoramiento o gestión en operaciones de venta o alquiler de viviendas. Para inscribirse será necesario acreditar capacitación profesional —por titulación, experiencia o formación específica en intermediación residencial— y contar con un seguro de responsabilidad civil o una garantía equivalente. En el caso de las empresas, al menos una persona responsable deberá cumplir esos requisitos.
El registro todavía debe desarrollarse reglamentariamente: la Junta dispone de plazo hasta el 24 de enero de 2028 para ponerlo en marcha. Pero la obligación ya forma parte de la ley, y su objetivo es claro: más transparencia, más profesionalidad y más protección para quien compra, vende o alquila.
Para nuestros clientes, esta ley es una buena noticia. Trabajar con un profesional inscrito significará tratar con alguien que acredita formación, experiencia y seguros adecuados. En Rob Laver llevamos más de 35 años trabajando así, y nos inscribiremos en cuanto el registro esté operativo. Si tiene dudas sobre cómo le afecta la nueva ley, pregúntenos.
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